Con cinco votos a favor, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la reforma de 2016 a la Ley de Profesiones del Estado de Jalisco que crea las cédulas profesionales temporales y además obliga a la certificación periódica de algunos profesionistas para seguir ejerciendo, como es el caso de personal de salud, abogados, contadores, arquitectos e ingenieros.
En su resolución los ministros coincidieron que si bien la autoridad estatal tiene capacidades de regular la emisión de títulos profesionales, el Congreso local se excedió en atribuciones pues es sólo responsabilidad de la Federación establecer los criterios de emisión de las cédulas profesionales.
Este resolutivo se emitió luego que una veterinaria se amparo en contra de la certificación periódica para poder ejercer. (Por Héctor Escamilla Ramírez)
#COMUNICADO
— Suprema Corte (@SCJN) January 19, 2023
Es inconstitucional la cédula temporal y la certificación obligatoria impuesta a quienes ejerzan actividades profesionales en #Jalisco: #SegundaSalaSCJN
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