La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que prohibir el consumo de alimentos, bebidas o entretenimiento en zonas exclusivas para fumar es ilegal.
Al analizar un amparo interpuso contra el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, la Segunda Sala resolvió que la norma en la materia no establece limitación para las zonas exclusivas para fumadores, salvo que estén ubicadas en espacios al aire libre.
Por lo anterior, concluyó que el reglamento viola el principio de subordinación jerárquica, al impedir la prestación de cualquier servicio en las zonas exclusivas para fumar.