Por violar el principio constitucional de independencia entre poderes, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró como inconstitucional la reforma del Poder Judicial del Estado de Jalisco aprobada en 2019 por los diputados locales donde obliga a jueces y magistrados a someterse a pruebas de control y confianza.
Los ministros resolvieron que la Constitución ordena a las entidades federativas que garanticen la independencia de los magistrados y jueces y ordena que los juzgadores sólo sean privados de sus puestos en los términos que fijen las constituciones locales y las leyes de responsabilidad de los servidores públicos.
A decir de los ministros, es invalido someter la estabilidad del cargo de un juzgador a un grupo de evaluaciones que no corresponden a reglas de responsabilidad administrativa, único supuesto en el que un juez puede ser separado de la función.
El Tribunal Constitucional concluye que las evaluaciones de control de confianza pueden ser aplicables a servidores públicos de corporaciones o instituciones de seguridad pública. (Por Héctor Escamilla Ramírez)