La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucionales las reformas aprobadas en 2021, durante la pasada legislatura de Jalisco, donde se modificó el Código de Procedimientos Civiles. Con esta reforma se autorizaba el uso de medios electrónicos y digitales para desahogar audiencias, promover, substanciar y resolver juicios, presentar demandas, promociones, notificaciones e incluso la resolución de los juicios.
En esta reforma, celebrada por el Poder Judicial de Jalisco porque afirmaban agilizaría procedimientos, los ministros de la Corte declararon válidos los argumentos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos que era inconstitucional.
Lo que se impugnó no fue la pertinencia de los cambios, sino que el Congreso del Estado invadió facultades del Congreso de la Unión, pues es el único competente para expedir modificaciones en materia procesal civil y familiar. Fueron ocho votos a favor de la declaratoria de inconstitucionalidad y tres en contra. (Por Héctor Escamilla Ramírez)