El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consideró que la Cámara de Diputados no violó la autonomía presupuestal del INE al no otorgarle los recursos suficientes para llevar a cabo la Revocación de Mandato, como explica el ministro Jorge Pardo Rebolledo.
“Y toda vez que no se advierte disposición expresa que ordene al Congreso de la Unión que al expedir la ley reglamentaria de la fracción novena del 35 constitucional estableciera la obligación de ministrar recursos para la realización del proceso señalado y tampoco de manera específica para el proceso de revocación de mandato del presidente de la República electo para el periodo 2018-2024, que es a lo que se refieren las normas impugnadas; ni haberse advertido violación a la autonomía constitucional y presupuestaria del INE, se propone reconocer la validez de los artículos cuarto y quinto transitorios”.
Esta decisión se tomómpor unanimidad con el voto razonado de cuatro ministros. (Por Arturo García Caudillo)