Informa la titular del Sistema de Administración Tributaria, Raquel Buenrostro, que el SAT jamás exigió la Constancia de Situación Fiscal.
“El SAT no pidió la Constancia de Situación Fiscal. La factura o el timbrado de nómina lo único que tiene que contener es el Código Postal y el nombre correcto del trabajador y si tienen el nombre correcto y el código postal, el patrón no les tiene porqué hacerles exigible la Constancia de Situación Fiscal primero, para timbrar la nómina, lo que se dice, para emitir la nómina. La otra, una cosa es la materia fiscal y otra cosa es la materia laboral. Ningún empleador puede condicionar el pago de un trabajo ya devengado por un trámite administrativo de ningún tipo”.
Lo que el SAT pidió a los patrones fue incluir en sus declaraciones el código postal y el nombre de sus trabajadores para evitar fraudes con factureras y empleados inexistentes, pero debido a la confusión causada, se postergó el cumplimiento de este requisito hasta el 1 de enero de 2023. (Por Arturo García Caudillo)