La Suprema Corte de Justicia de la Nación puso tope a las comisiones que pueden cobrar las Afores por administrar las aportaciones para el retiro de los trabajadores.
El proyecto de la ministra Yasmín Esquivel planteó que es constitucional el tope de 0.57 por ciento, previsto en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, por lo que no viola el derecho a la libertad de comercio, ni afecta la libre competencia.
El proyecto aprobado por los ministros plantea que aunque las afores son entidades financieras privadas, prestan un servicio de seguridad social que es de orden público, y cuya finalidad es la protección de los trabajadores, por lo que su actividad debe ser regulada y supervisada por el Estado.