La Secretaría de Hacienda Pública presentó los lineamientos que deberán seguir todos los establecimientos comerciales, personas físicas o morales que vendan o enajenen una motocicleta, pues no podrán salir a la venta unidades cuyos compradores no sean registrados o incumplan con requisitos en materia fiscal.
El documento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, señala que los negocios deberán estar reportando de manera trimestral datos de la persona física o moral que compre la motocicleta y datos personales; de los vehículos se deberán reportar varias características, entre ellas la matrícula, es decir, ya deberán estar emplacadas.
Los informes deberán ser reportados en cuatro fechas del año; 15 de abril, 15 de julio, 15 de octubre y 15 de enero del siguiente año.
Los establecimientos que se dediquen a la venta de motocicletas deberán registrarse en un padrón ante la Secretaría Hacienda Pública. (Por Héctor Escamilla Ramírez)