A pesar de la controversia que en su momento generó, la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló los cambios que se hicieron en la llamada Reforma Anticorrupción 2.0 a finales de la pasada legislatura. Entre sus temas más polémicos se encontraba la facultad que adquirieron diputados para separar de su cargo a integrantes del Comité de Participación Social del Sistema Estatal Anticorrupción bajo diferentes argumentos.
Los ministros de la Corte determinaron que sí es viable separar de su cargo a los integrantes del Comité de Participación Social por falta de probidad, negligencia evidente o tener otro trabajo remunerado, pues los congresos tienen facultades para intervenir y definir sobre sus propios sistemas anticorrupción. La reforma 2.0 fue impugnada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, quienes señalaban que estos argumentos eran inconstitucionales, la Corte dice lo contrario.
En su momento la reforma también incluyó que integrantes del Comité de Participación Social no recibieran ningún tipo de remuneración económica. Sin embargo, esto lo vetó el gobernador ya que había precedentes que era ilegal. (Por Héctor Escamilla Ramírez)