El martirio de una familia para registrar a una niña en el Registro Civil de Jalisco llegó a su fin con una resolución de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Durante cuatro años, autoridades de Jalisco se negaron a registrar a la menor por la situación de los padres de la niña: la madre estaba separada, pero no divorciada, cuando tuvo a su hija con otra pareja.
Las autoridades se negaron a emitir el acta de nacimiento de la niña bajo el argumento que artículos del Código Civil y la Ley del Registro Civil no permiten otorgar a la menor con otros apellidos que no sean los del marido, aunque éste no sea el padre.
Los ministros de la Primera Sala determinaron que los artículos que impiden el registro de la menor son inconstitucionales, porque violan el derecho a la identidad y el interés superior de la niñez.
La sentencia emitida obliga a que la menor pueda ser registrada con los apellidos del padre biológico y genera el precedente para que la ley local sea modificada. (Por Héctor Escamilla Ramírez)