Que los jueces de control citen a una nueva audiencia, que abran el debate y que decidan si aplica la prisión preventiva o no, así lo propuso el ministro Luis María Aguilar, durante la apertura de la discusión en la Corte, de la constitucionalidad de la prisión preventiva oficiosa.
“Se propone declarar la invalidez del artículo 167, párrafo séptimo de Código Nacional de Procedimientos Penales y del artículo 5 fracción décimo tercera de la Ley de Seguridad Nacional por establecer la procedencia de la prisión preventiva de forma contraria a los principios constitucionales que rigen la propia prisión preventiva, la libertad personal, la presunción de inocencia y los principios del sistema penal acusatorio”.
También propone que los delitos fiscales no sean considerados como de seguridad nacional. Sin embargo, esto no significa la desaparición de la prisión preventiva, tampoco la libertad de quienes están en la cárcel por ciertos delitos, ni tampoco tendría tiene efectos retroactivos. El próximo jueves continuará la discusión en el Pleno. (Por Arturo García Caudillo)