Antes de la modificación del artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito, los bancos disponían del dinero de las cuentas abandonadas, esto es, las que no registraban movimientos en seis años, indica el economista de la Universidad de Guadalajara, Juan Pablo Huerta.
“Vale la pena señalar que antes de que la reforma a esta ley fuera aprobada, ya los recursos de cuentas que no habían sido utilizadas por un periodo similar de tiempo, podían ser absorbidas por los mismos bancos, entrando a lo que se conoce como sus índices de capitalización, un monto que se contabiliza como reserva de la institución financiera”.
En lugar de que el banco disponga del dinero de las cuentas abandonadas, la modificación a la ley permitirá que ahora sea el Gobierno Federal, para canalizarlo a la beneficencia pública o a la seguridad. (Por Gricelda Torres Zambrano)